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Modificación a las sanciones por restricción vehicular no es retroactiva para quienes ya habían acumulado puntos, dice COSEVI

4 noviembre 2020

Luego de que empezara a regir la “Ley para el equilibrio de las multas por restricción vehicular en casos de emergencia nacional”, que reduce las sanciones por violar la medida establecida para mitigar los efectos de la pandemia del COVID-19, el COSEVI aclaró que «con la norma anterior existían 3 sanciones para quienes violentaran la restricción vehicular: levantamiento de placas, acumulación de puntos y una multa económica por 110 mil colones, pero ahora sólo se aplicará la sanción económica». 

No obstante, el jerarca de COSEVI, Edwin Herrera Arias, indicó que esta modificación no es retroactiva para quienes ya se les había aplicado los puntos en la licencia. Es decir, a esas personas no se les borrarán los puntos acumulados por infringir la legislación anteriormente.

Además, Herrera Arias explicó cómo hacer para recuperar las placas:

Por otro lado, la institución aclaró que el dinero recaudado por el cobro de esta infracción a la Ley de Tránsito se trasladó mensualmente a la Comisión Nacional de Emergencias para la atención del COVID-19, no obstante, con la modificación a la norma, se establece que el dinero, a partir de ahora, debe pasar a la CCSS.

La Ley tendrá efectos desde que se decretó la emergencia nacional hasta el levantamiento de esta.