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¿Cuáles son los lineamientos a acatar tras la muerte de una persona por COVID-19?

26 marzo 2020

El esfuerzo de los servicios de salud y de la sociedad costarricense busca darle oportunidad de vida a los posibles enfermos con una intervención oportuna; sin embargo, dado que un grupo de pacientes con COVID-19 se vuelven críticos por los padecimientos de fondo que padecen y pueden fallecer debido a estas complicaciones, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) anunció ya el nuevo procedimiento para la identificación y la disposición de cuerpos.

De acuerdo los lineamientos de la CCSS, solo uno de los familiares podrá ver a la persona fallecida por COVID-19 y luego el cuerpo deberá ser protegido con dos fundas, una transparente y una oscura, según explicó el doctor Marco Vinicio Boza Hernández, oficial médico científico del Centro de Coordinación de Operaciones de la emergencia sanitaria, con base en los protocolos elaborados por el comité de patólogos institucional.

Es decir, a la persona designada por la familia le será presentado el cuerpo en una bolsa de color transparente para que pueda identificarlo a través de ella, pero no podrá tocarlo, besarlo o abrazarlo, y tendrá un espacio no mayor a quince minutos para permanecer con el cuerpo por si desea hacer algún un acto personal de despedida o de expresión religiosa como una oración.

Luego de ser presentado al familiar el cuerpo será protegido en otra funda color oscuro y así será dispuesto para el funeral. El regente médico de patología o personal de la morgue en los centros de salud dará las instrucciones pertinentes a las funerarias y familiares a quienes se les entregue el cuerpo.

Al momento de la entrega del cuerpo las fundas de embalaje no podrán ser abiertas por ningún motivo. La instrucción será mantener cerrado el féretro y que se proceda con el entierro en un lapso menor a las 24 horas desde el momento del fallecimiento.

Imagen con fines ilustrativos. FOTO: PEDRO VALTIERRA /CUARTOSCURO.COM

Esto, por cuanto la comunidad científica aún carece de estudios concluyentes para determinar el riesgo real del nivel de contagio de los cuerpos sin vida, ni conoce con certeza lo activo que pueda estar el virus en ellos.

En esa línea, el Ministerio de Salud, por su parte, aclaró que se considera que el cadáver puede constituir un riesgo biológico por lo que se proponen algunas medidas adicionales a las usuales para este tipo de enfermedad. El documento con los lineamientos la puede encontrar AQUÍ.

Recordemos que, por el momento, esos lineamientos no son una guía específica para el manejo de cadáveres de personas fallecidas por COVID-19, pero parten de lo contemplado en las Directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicadas en 2014 sobre prevención y control de las infecciones respiratorias agudas con tendencia epidémica y pandémica durante la atención sanitaria.

En términos generales, en los casos de COVID-19 se deberá tener en cuenta lo siguiente:
• El cadáver se deberá mantener íntegro y limitar al máximo su manipulación.
• Tener los cuidados necesarios para evitar el contacto con fluidos o heces del cadáver.
• La mascarilla que se use en el equipo de protección personal deberá de ser de tipo N95 o N99.
• El manejo y la eliminación de los residuos generados en el proceso del levantamiento del cadáver deberán ser descartados en una bolsa para residuos bioinfecciosos (bolsa roja), debidamente sellada y esta será trasladada junto con el cadáver, para su respectiva disposición, según protocolos existentes.
• Todos los servidores judiciales involucrados en el proceso del levantamiento del cadáver deberán aplicar las técnicas de lavado de manos indicadas en los lineamientos del Ministerio de Salud, entre otros.