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CTP estableció restricciones para buses que operan en Semana Santa, ante el COVID-19

3 abril 2020

El Consejo de Transporte Público (CTP) estableció restricciones y excepciones para el servicio de autobuses de ruta regular e internacional durante la Semana Santa por la emergencia nacional del COVID-19.

Esto porque la restricción sanitaria anunciada por el Gobierno indica que quedan exentos los transportes especiales de actividades productivas esenciales, lo que quiere decir que se mantendrán servicios de bus para trasladar trabajadores de hospitales, clínicas, fábricas, distribución de alimentos y medicamentos, entre otros.

De acuerdo con el director ejecutivo del CTP, Manuel Vega Villalobos, el transporte público debe contribuir a la contención del nuevo Coronavirus, manteniendo y aplicando las directrices emitidas por el Gobierno.

Si bien es cierto, debemos hacer caso a las directrices del Gobierno de no salir a las calles, existe una población que debe ir a trabajar durante estos días. Es nuestra obligación mantener los servicios de transporte público en aquellos casos de usuarios que deban atender actividades laborales y productivas esenciales, por lo que cada operador conoce la movilidad de la población que traslada y es su responsabilidad adecuar sus servicios sin desproteger a esa población, acatando los lineamientos que han sido dispuestos por las autoridades sanitarias para todo el país”, dijo Vega.

Escuche aquí la entrevista con el jerarca del CTP:

En ese sentido, el CTP aclaró, en un comunicado de prensa, a la ciudadanía que cada empresa autobusera deberá adecuar sus servicios de transporte durante Semana Santa a las siguientes medidas:

  1. RUTAS AUTORIZADAS INTERNACIONALES:

A partir del sábado 4 y hasta el martes 7 de abril: en las rutas internacionales, solamente se permitirán dos servicios de salida y entrada por día (es decir dos carreras diarias), valorando los tiempos de viaje a efectos de poder realizar los trámites fronterizos de paso de los usuarios del servicio, es decir: podrán hacer dos servicios de Costa Rica al país autorizado y dos de retorno. Lo anterior, tanto para operadores nacionales como extranjeros autorizados.

De miércoles 8 de abril al domingo 12 de abril de 2020: los servicios estarán suspendidos. Cada operador será responsable de coordinar que se puedan realizar los trámites migratorios.

  1. RUTAS REGULARES INTERURBANAS LARGAS (cuyos recorridos sean iguales o superiores a 75 kms):

De los días sábado 4 de abril hasta martes 7 de abril: podrán realizar dos servicios en la mañana y dos servicios en la tarde (es decir dos carreras diarias), entiéndase que son dos servicios de ida y retorno de conformidad con los puntos terminales autorizados, siendo en total cuatro viajes al día entre ida y regreso. Los servicios de miércoles 8 de abril al domingo 12 de abril, estarán suspendidos por completo.

De existir actividades laborales y productivas esenciales del miércoles 8 de abril al domingo 12 de abril de 2020, el operador queda autorizado para prestar al menos dos servicios, uno en la mañana y otro en la tarde.

  1. RUTAS REGULARES CON RECORRIDOS MENORES A 75 KILÓMETROS:

Del sábado 4 de abril al martes 07 de abril: deberán mantener un mínimo de operación de hasta el veinte por ciento (20 %) del servicio en la ruta(s) autorizada(s).

Del miércoles 08 de abril al domingo 12 de abril: de existir actividades laborales y productivas esenciales en funcionamiento, podrán mantener un máximo de operación de hasta el 20 % del servicio; pudiendo el operador administrar la frecuencia de servicios y realizar los ajustes operativos necesarios.

Eso sí, el Director Ejecutivo del CTP reiteró la obligación de los operadores de publicitar los horarios y esquemas operativos para que los usuarios puedan conocerlos lo antes posible, por los medios disponibles: páginas web de las empresas, terminales, en los propios buses, volantes, redes sociales, entre otros.

El servicio de taxi y de Seetaxi operarán sin restricción alguna durante toda la Semana Santa.