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¿Cómo pueden acceder al Bono Proteger quienes sean afectados laboralmente por el COVID-19?

10 abril 2020

Ayer, jueves, el presidente de la República, Carlos Alvarado, anunció, en conferencia de prensa, el inicio del proceso de registro de solicitudes digitales para el otorgamiento del Bono Proteger.

Twit oficial del Presidente de la República, Carlos Alvarado, sobre el Bono Proteger.

PERO ¿QUÉ ES EL BONO PROTEGER?

Este bono es una ayuda económica temporal de tres meses que se brindará a personas afectadas laboralmente por la emergencia sanitaria del COVID-19.

Eso sí, el monto del Bono Proteger dependerá de cada situación particular.

Las personas despedidas, con contrato laboral suspendido, con jornada laboral reducida en un 50% o más, trabajadores independientes e informales cuya solicitud haya sido aprobada recibirán un bono de ₡125 mil por mes durante 3 meses.

En tanto, para quienes sufrieron una disminución de su jornada laboral en un 50% o menos el monto será de ₡62500 por mes, también por 3 meses.

Gráfico suministrado por el Gobierno de la República con los montos del Bono Proteger.

El Gobierno pretende destinar ₡296 mil millones para este programa. Con ese monto se espera ayudar a 612 mil personas, así como a 68 mil hogares en pobreza, para un total aproximado de 680 mil beneficiarios.

Así lo indicó la Ministra de Trabajo, Giannina Dinarte:

Es importante tener claro que este beneficio se podrá solicitar únicamente de forma virtual, mediante la plataforma creada por el Gobierno: proteger.go.cr, según explicó el Ministro de Desarrollo Humano, Juan Luis Bermúdez.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EL BONO PROTEGER?

Este beneficio está dirigido a todas aquellas personas trabajadoras que se les aplicaron cualquiera de las dos medidas de protección del empleo que habilitó el Ministerio de Trabajo: reducción de jornadas laborales y suspensiones temporales de contratos; así como por despidos debido a los efectos del COVID-19.

Igualmente, de acuerdo con la información suministrada por el Gobierno, esta medida la podrán aplicar también las personas trabajadoras independientes y/o informales que sufran afectación por este nuevo coronavirus.

Gráfico sobre el Bono Proteger, suministrado por el Gobierno de la República.

Puntualmente, lo podrán solicitar las personas costarricenses o extranjeras en condición migratoria regular, mayores de 15 años, y que se encuentren desempleadas, con contrato laboral suspendido, jornada laboral reducida o con ingresos reducidos como consecuencia del COVID-19.

Además, la persona solicitante deberá tener a mano su último documento de identidad, suscribir una declaración jurada y disponer del número IBAN de su cuenta bancaria (a su nombre y en colones), así como información que demuestre que fue afectado laboralmente por el COVID-19.

Si la persona no dispone de una cuenta bancaria, la puede solicitar durante el trámite en el mismo formulario.

No pueden recibir el Bono Proteger: aquellas personas trabajadoras del sector público, pensionados de cualquier régimen, menores de 15 años, privados y privadas de libertad, beneficiarios de atención a familias de la Junta de Protección Social, así como las personas que reciben más de ₡50 mil por transferencias monetarias del Estado o que cuenten con un trabajo remunerado al 100% de su jornada.

¿CÓMO ACCEDER A ESTE BONO?

Si persona cumple los requisitos, el trámite a seguir es el siguiente:

  1. Ingresar a la plataforma proteger.go.cr, que será el único canal para realizar una solicitud.
  2. Leer y firmar un consentimiento informado sobre el uso de datos que se le presentará en el sitio web con el fin de que las autoridades puedan corroborar toda la información en las distintas instituciones públicas.
  3. Proporcionar una declaración jurada de que la información que brindará es verídica. Para ello, tendrá las siguientes posibilidades: a) Imprimir la declaración jurada, firmarla a mano y adjuntar una fotografía del documento; b) Firmar con firma digital la declaración jurada y adjuntar el documento; c) Transcribir la declaración jurada, firmarla a mano y adjuntar una fotografía del documento.
  4. Brindar la información solicitada sobre su afectación al COVID-19.
  5. Luego, deberá dar su cuenta bancaria IBAN o solicitar, en el mismo formulario, la apertura de una.
  6. Posteriormente, deberá facilitar la información requerida por el sistema para corroborar su afectación laboral.
  7. Una vez hecha la solicitud, esperará la resolución de su caso -si fue aceptada o rechazada- la cual se notificará por el correo electrónico registrado.
  8. Si la solicitud es aprobada, se realizará el trámite de pago de manera mensual.
Gráfico sobre el Bono Proteger, del Ministerio de Trabajo.

De hecho, en el primer día de funcionamiento de la plataforma, 48.808 personas enviaron con éxito el formulario disponible, y serán notificadas entre lunes y martes sobre su aprobación o rechazo para recibir el Bono Proteger.

¿DE DÓNDE VIENEN LOS FONDOS PARA EL BONO PROTEGER?

Dinero con el que actualmente cuentan las instituciones. El Poder Ejecutivo dispone en total de ₡21 mil millones. Estos montos provienen del Instituto Mixto de Ayuda Social (₡5 mil millones), del Fondo de Emergencias de la Comisión Nacional de Emergencias (₡12 mil millones) y del Fondo del Programa Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (₡4 mil millones).

Recursos que se esperan recibir provenientes del presupuesto extraordinario. El Presupuesto Extraordinario presentado este miércoles contiene ₡150 mil millones para el Bono Proteger. En caso de aprobarse los expedientes legislativos Nº 21.908 y Nº21.909 se incorporarían, vía moción, ₡125 mil millones adicionales para subsidios. Si estas mociones se aprueban, la suma total del Presupuesto Extraordinario ascendería a ₡275 mil millones.

Y ¿QUÉ PASA CON QUIÉNES NO TIENEN ACCESO A INTERNET?

Para los casos excepcionales de personas que no cuentan con conectividad se promoverá el apoyo de facilitadores tecnológicos seleccionados por el Ministerio de Trabajo y el IMAS, quienes, además de informar a la población, permitirán el acceso y el acompañamiento para la concreción de este trámite.

Finalmente, las autoridades aclararon que la solicitud es gratuita.

Además, ninguna institución pública llamará telefónicamente para solicitar datos personales, cuentas bancarias, números de tarjeta de crédito o débito, ni enviará mensajes de texto de ningún tipo.

Si alguna persona recibe una llamada o un mensaje de texto solicitando esta información deberá alertar a las autoridades mediante la línea gratuita 800-Denuncie (800-33686243).