Search in the website:

  • Google Play
  • Apple Store
  • Apple Store

Comercios podrán aumentar aforos si solicitan código QR de vacunación COVID-19

19 noviembre 2021

El Gobierno de la República anuncia que los comercios y actividades masivas que voluntariamente soliciten el código QR de vacunación COVID-19 a los clientes podrán ampliar sus aforos, y los que deseen operar sin solicitud de demostrar la vacunación vía el código QR lo harán con un menor aforo y respetando medidas de distanciamiento.

Lo anterior en respeto a la medida cautelar tomada por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.

En una medida que rige hasta el 7 de enero, los locales comerciales y actividades masivas podrán escoger entre dos modalidades de aforo:

  1. Implementación voluntaria de la certificación vía código QR: Acceso a un mayor aforo (en algunos establecimientos hasta un 100%).
  2. No implementación del código QR: Los establecimientos tendrán un menor aforo y además deberán respetar el distanciamiento de 1.8 metros y las burbujas sociales.

Del 18 de noviembre y hasta el 1 de diciembre estas serían las reglas para:

Actividades deportivas y culturales:

  • Con código QR: 25% de aforo
  • Sin código QR: 15% de aforo con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales.

Del 1 de diciembre y hasta el 7 de enero estas serían las reglas para:

Actividades deportivas, culturales, académicas y empresariales con permiso sanitario de funcionamiento o autorización sanitaria:

  • Con código QR: 40% de aforo
  • Sin código QR: 20% de aforo con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

Salas de eventos para actividades sociales

  • Con QR: 200 personas
  • Sin QR: 100 personas con distanciamiento 1.8m y burbujas sociales.

Cines y Teatros

  • Con QR: 100% de aforo
  • Sin QR: Hasta 500 personas con 1.8 metros, burbujas sociales y formación estrella.

Discotecas, salones de baile y clubes nocturnos

  • Con QR: 50% de aforo.
  • Sin QR: 25 % de aforo con distanciamiento 1.8m y burbujas sociales.

Es importante indicar que los establecimientos catalogados como “esenciales” (supermercados, ferreterías, panaderías, entre otros), se mantienen exceptuados de la verificación del certificado de salud y funcionan al 50% de su capacidad. No obstante, podrán ampliar su aforo al 100% si optan por requerir el código QR.

 

Tipo de establecimiento

 

 

18 al 30 de noviembre

 

1 de diciembre al 7 de enero

1.       Restaurantes, sodas, cafeterías y plazas de comidas (food trucks, food courts)  

 

 

 

50% de aforo

 

 

 

 

Con QR: 100% de aforo

Sin QR: 50% de aforo con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

 

 

 

2.       Bares y casinos
3.       Tiendas en general, tiendas por departamento y centros comerciales
4.       Museos
5.       Centros de acondicionamiento físico
6.       Balnearios y/o piscinas
7.       Turismo aventura
8.       Academias de arte y baile
9.       Hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento (incluye zonas comunes)  

100% aforo, 50% áreas comunes

Con QR: 100% aforo, 100% áreas comunes

Sin QR: 100% aforo, 50% áreas comunes con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

 

10.   Actividades deportivas y culturales Con QR: 25% de aforo

Sin QR: 15% de aforo con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

Con QR: 40% de aforo

Sin QR: 20% de aforo con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

11.   Actividades académicas y empresariales 500 personas aforo máximo

 

Con QR: 40% de aforo

Sin QR: 20% de aforo con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

12.   Salas de eventos para actividades sociales Con QR: 200 personas

Sin QR: 100 personas con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

Con QR: 200 personas

Sin QR: 100 personas con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

13.   Cines y teatros 500 personas aforo máximo con formación tipo estrella Con QR: 100% de aforo

Sin QR: 500 personas aforo máximo con formación tipo estrella, distanciamiento y burbujas sociales

14.   Discotecas, salones de baile y clubes nocturnos Cerrados Con QR: 50% de aforo

Sin QR: 25 % de aforo con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales

Los establecimientos que no requieran código QR de vacunación, además de tener un menor aforo, deberán respetar 1,8 metros de distanciamiento y burbujas sociales, o ubicación tipo estrella en el caso de cines y teatros.

Según la decisión de cada comercio, se requiere la colocación del rótulo en exteriores que detalle la modalidad que aplicarán: https://drive.google.com/drive/u/1/folders/15_3OwngS7ESJqDvZgTa0DTwdpbC8qfO_

Las personas menores de edad, entre 12 y 17 años, no necesitarán presentar en ningún caso, sin importar el establecimiento o actividad, el certificado de vacunación hasta el 31 de enero.

Sobre la medida cautelar, el Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones ya remitieron a la Procuraduría General de la República los informes e insumos requeridos sobre el uso del Código QR como mecanismo de verificación del esquema de vacunación contra el COVID-19, con el fin de que dicha entidad pueda realizar la defensa respectiva ante el Tribunal Contencioso Administrativo.