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Advierten sobre aumento del IVA en algunos bienes y servicios, a partir del 1 de julio

10 junio 2020

El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica advierte a empresarios y consumidores que a partir del 1 de julio de 2020 aumentará el Impuesto de Valor Agregado (IVA) en algunos bienes y servicios, por la entrada en vigencia de los transitorios IV, V y IX, de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N° 9635.

Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos, explicó que la entrada en vigencia de los transitorios señalados impactará en la economía de los costarricenses, porque incrementará el costo de adquisición de algunos productos y servicios, debido a la incorporación del IVA de entre un 1% y un 4%:      

Puntualmente, los productos y servicios que incorporarán el IVA son la canasta básica, las materias primas e insumos para producir alimentos, los productos veterinarios o insumos agropecuarios. Todos con un 1%. 

Pero también se gravarán los servicios de construcción de obra civil, ingeniería, arquitectura y topografía; los servicios de recolección, clasificación y almacenamiento de bienes reciclables, y los servicios turísticos con un 4% a partir del 01 de julio de 2020 la cual estará vigente hasta el 30 de junio de 2021. Luego, el 1 de julio de 2021 la tarifa pasará a ser de un 8% y finalmente terminará con la tarifa general del 13% a partir del 01 de julio de 2022.

Así mismo, el sector dedicado a atender la canasta básica y sus insumos, sea productor, comercializador o distribuidor, debe verificar que su Registro Único Tributario demuestre que se dedica a estas actividades.

Esto es debido a que la Ley 9635, Título I, y su Reglamento señalan que, en el caso de la canasta básica y sus insumos, existe un listado que especifica a qué productos y servicios se aplica el 1%. Deben considerarse los productos veterinarios e insumos agropecuarios -incluidos los alimentos para animales y pre mezclas-, así como los servicios veterinarios específicos,  y  cuando corresponda, el adquirente del bien o servicio incluidos en  dicho decreto, siendo un contribuyente registrado como productor agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

En ese sentido, el Colegio de Contadores Públicos remitió a la Asamblea Legislativa una solicitud para que los diputados promuevan la aprobación del proyecto 21.939, Ley para exonerar la canasta básica del pago del Impuesto del Valor Agregado, debido a la emergencia nacional por la pandemia del COVID-19. 

“La prórroga o moratoria de este impuesto es lo más conveniente para los sectores más vulnerables y, para impulsar al sector turismo mediante el  expediente 21.934,  sobre la modificación al transitorio IX  de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, detalló Smith.

Finalmente, el Colegio de Contadores Públicos recomienda a los contribuyentes que, de no hacerse ningún cambio por parte de la Asamblea Legislativa y mantenerse la entrada de los transitorios, verifiquen que los sistemas de facturación electrónica tengan en cuenta los cambios que se avecinan, así como contemplarlos para la respectiva declaración de IVA, por lo que es conveniente buscar el asesoramiento de un Contador Público Autorizado para evitar contratiempos con la Hacienda Pública.

Foto de portada: Foto creada por katemangostar – www.freepik.es